° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 55. Gastos varios. Del artículo 314. Para material de enseñanza de las escuelas primarias y demás establecimientos de educación de la República, empaque, jornales y transporte de los útiles $ 4.000 Capítulo 45. Ministerio. Personal y material Al artículo 210. Para material y útiles de escritorio para las oficinas del Ministerio, premios y gastos de la Fiesta de la Bandera 2.000 Capítulo 53. Becas. Al artículo 236. Para sostenimiento de becas en el Exterior, en todos los ramos de la enseñanza científica, artística e industrial) y pago de viáticos correspondientes 2.000 Capítulo 51. Servicios y auxilios varios. Del artículo 290. Para auxírliar los restaurantes escolares que funcionan en las escuelas públicas primarlas de toda la República, las construcciones escolares que emprendan los Municipios y las de las Escuelas Normales que se mencionan en este presupuesto 9.000 Capítulo 48. Institutos varios. Al artículo 264-A. Para continuar la construcción de la Escuela Industrial de Ibagué 9.000 Sumas iguales $ 13.000 13.000
Decreto 1610 de 1937 →Vigente
Artículo 4
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 55
Decreto 1610 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.