Micelio

Artículo 1

Decreto 3049 de 1956 · Por el cual se confiere una autorización al Gobierno Nacional para enajenar varios inmuebles de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorizase al Gobierno Nacional para vender en pública subasta, por conducto del Ministro de Obras Públicas, los siguientes inmuebles de propiedad de la Nación

a)

El lote de terreno donde existió el Palacio de Justicia, colindante con la calle 11 y la carrera 6ª de la ciudad de Bogotá,

b)

Los lotes de terreno contiguos a la casa que ocupan las oficinas de Correos y Telégrafos de Tocaima (Cundinamarca), comprados por escrítura pública número 369, otorgada el 28 de marzo de 1884 en la Notaria 3ª de esta ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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