Micelio

Artículo 27

La Parte Del Muelle En Que Ostén Atracados Bongos Con Carga Será Separada Por Medio De Puertas Que Se Cerrarán Al Concluir Los Trabajos Del Dia

Decreto 169 de 1876 · Por el cual se traslada a Barranquilla la Administración de Aduana que se halla en Sabanilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La parte del muelle en que ostén atracados bongos con carga será separada por medio de puertas que se cerrarán al concluir los trabajos del dia. Terminados éstos, solo será licito penetrar en aquélla a las rondas del Resguardo i a los patrones de los bongos, escepto en el caso de que sobrevenga algún daño o avería a estas embarcaciones, pues entónces se permitirá la entrada a las personas que hayan de dar ausilio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 169 de 1876