La parte del muelle en que ostén atracados bongos con carga será separada por medio de puertas que se cerrarán al concluir los trabajos del dia. Terminados éstos, solo será licito penetrar en aquélla a las rondas del Resguardo i a los patrones de los bongos, escepto en el caso de que sobrevenga algún daño o avería a estas embarcaciones, pues entónces se permitirá la entrada a las personas que hayan de dar ausilio.
Decreto 169 de 1876 →Vigente
Artículo 27
La Parte Del Muelle En Que Ostén Atracados Bongos Con Carga Será Separada Por Medio De Puertas Que Se Cerrarán Al Concluir Los Trabajos Del Dia
Decreto 169 de 1876 · Por el cual se traslada a Barranquilla la Administración de Aduana que se halla en Sabanilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.