La suma a que se refiere el artículo anterior será depositada por el Gobierno en una Junta Municipal integrada por el Alcalde Municipal, el Cura Párroco, el Inspector de Policía del Corregimiento de San Fernando y tres vecinos designados por el Gobernador del Departamento. El Tesoro Municipal será el Tesoro de la Junta y responderá de la inversión de los fondos con la caución que haya prestado paras desempeñar el cargo.
Ley 131 de 1948 →Vigente
Artículo 6
Ley 131 de 1948 · Por la cual se dictan medidas para mitigar los efectos de varios incendios acaecidos en los Municipios Gamarra, Aguachica, La Gloria, Tamalameque y en el Corregimiento de San Fernando, del Municipio de Santana, situados en el Departamento del Magdalena, y se auxilia a los damnificados por los siniestros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.