Micelio

Artículo 3

Las Entidades Territoriales Certificadas En Educación Dispondrán, De Plano, El No Pago De Aquellos Servicios Efectivamente No Prestados Por Los Servidores Y Efectuarán El Reporte Correspondiente A Los Organismos De Control, Para Que Dentro Del Ámbito De Su Competencia Adelanten Las Acciones Administrativas, Fiscales Y Disciplinarias A Las Que Hay Lugar

Decreto 1844 de 2007 · por el cual se ordena el no pago de días no laborados por los servidores públicos del sector educativo y se deroga el Decreto 1838 de 25 de mayo de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las entidades territoriales certificadas en educación dispondrán, de plano, el no pago de aquellos servicios efectivamente no prestados por los servidores y efectuarán el reporte correspondiente a los organismos de control, para que dentro del ámbito de su competencia adelanten las acciones administrativas, fiscales y disciplinarias a las que hay lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1844 de 2007