°. Las entidades territoriales certificadas en educación dispondrán, de plano, el no pago de aquellos servicios efectivamente no prestados por los servidores y efectuarán el reporte correspondiente a los organismos de control, para que dentro del ámbito de su competencia adelanten las acciones administrativas, fiscales y disciplinarias a las que hay lugar.
Artículo 3
Las Entidades Territoriales Certificadas En Educación Dispondrán, De Plano, El No Pago De Aquellos Servicios Efectivamente No Prestados Por Los Servidores Y Efectuarán El Reporte Correspondiente A Los Organismos De Control, Para Que Dentro Del Ámbito De Su Competencia Adelanten Las Acciones Administrativas, Fiscales Y Disciplinarias A Las Que Hay Lugar
Decreto 1844 de 2007 · por el cual se ordena el no pago de días no laborados por los servidores públicos del sector educativo y se deroga el Decreto 1838 de 25 de mayo de 2007.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.