Micelio

Artículo 4

Ley 6 de 1971 · Por la cual se dictan normas generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno para modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse los artículo 6º y 7º del Decreto-ley 3168 de 1964 y los literales c), d) y e) del artículo 6º del Decreto-ley 2611 de 1968, así como las demás disposiciones contrarias a la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1971