Micelio

Artículo 2

Decreto 98 de 1988 · Por el cual se establece la escala de viáticos para el personal de la Policía Nacional que presta sus servicios como policía vial adscrita al Ministerio de Obras públicas y Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor de los viáticos que se establece por el presente Decreto será cubierto con cargo al presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y Transporte -Fondo Vial Nacional-, Policía Vial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 98 de 1988