El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General del Presupuesto, de oficio o a petición del Jefe de organismo o entidad, hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el presupuesto de 1990.
En caso de los aportes para el plan y programas de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional y los del sector central incluidas en el presupuesto a iniciativa del Legislativo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General el Presupuesto, hará por resolución las aclaraciones, cambios y correcciones de leyenda al presupuesto de 1990 y vigencia inmediata anterior, a petición de la Mesa Directiva de la Comisión Cuarta de la Cámara de Representantes.