Definición De Unidad Inmobiliaria Gravada Para Efectos Del Impuesto Sobre Las Ventas (Iva)
Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Definición de unidad inmobiliaria gravada para efectos del Impuesto sobre las Ventas (IVA). Para efectos del Impuesto sobre las Ventas (IVA) se considera unidad inmobiliaria gravada la vivienda nueva cuyo valor supere las veintiséis mil ochocientas (26.800) Unidades de Valor Tributario (UVT) de conformidad con el valor registrado en la escritura pública.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.