º Régimen sancionatorio . La Superintendencia Bancaria, para los efectos del inciso segundo del artículo 108 de la ley 100 de 1993, evaluará la sujeción de los procedimientos que adopten las sociedades administradoras de fondos de pensiones a las normas del presente Decreto. El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado de conformidad con las disposiciones legales pertinentes, en particular los artículo 209 y 211 del estatuto orgánico del sistema financiero y las normas que los adicionen o modifiquen.
Decreto 718 de 1994 →Vigente
Artículo 5
Régimen Sancionatorio
Decreto 718 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 108 de la Ley 100 de 1993
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.