Micelio

Artículo 49

Decreto 261 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de su misión, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses tiene las siguientes funciones

1.

Organizar y dirigir el Sistema único de Medicina Legal y Ciencias Forenses y controlar su funcionamiento.

2.

Prestar los servicios médico-legales y de ciencias forenses que sean solicitados por los Fiscales, Jueces, Policía Judicial y demás autoridades competentes de todo el territorio nacional.

3.

Desarrollar funciones asistenciales, científicas, extra-periciales y sociales en el área de la medicina legal y las ciencias forenses.

4.

Prestar asesoría y absolver consultas sobre medicina legal y ciencias forenses a las unidades de fiscalías, tribunales y demás autoridades competentes.

5.

Definir las normas técnicas que deben cumplir los distintos organismos y personas que realicen funciones periciales asociadas con medicina legal, ciencias forenses y ejercer control sobre su desarrollo y cumplimiento.

6.

Servir de órgano de verificación y control de las pruebas periciales y exámenes forenses practicados por los cuerpos de policía judicial del Estado.

7.

Servir como centro científico de referencia nacional en asuntos relacionados con medicina legal y ciencias forenses.

8.

Coordinar y adelantar con el Ministerio de Educación, el Icfes, la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina, las Universidades y demás entidades del Sector Educativo, la promoción, programación y ejecución de investigaciones científicas, programas de posgrado y eventos educativos en el área de la medicina legal y ciencias forenses.

9.

Divulgar los resultados de las investigaciones, avances científicos, desarrollo de las prácticas forenses y demás información del Instituto considerada de interés para la comunidad en general.

10.

Delegar o contratar en personas naturales o jurídicas la realización de algunas actividades periciales y controlar su ejecución. CAPITULO SEGUNDO De la estructura y funciones específicas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 261 de 2000