Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Contraeréditos Capítulo 035 Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Programa 035 Dirección Y Administración Del -Departamento Servicios Personales 102 111 120

Decreto 1786 de 1974 · Por los cuales se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil) por $ 419.750

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contraeréditos Capítulo 035 Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil Programa 035 Dirección y Administración del -Departamento Servicios Personales 102 111 120. Artículo 0405. Prima Técnica $ 222.300.00 Gastos Generales 106 111 207. Artículo 0411. Servicios de comunicaciones $ 54.000.00 106 111 209. Artículo 0412. Servicios públicos. 22.000.00 Programa 036 Servicio de Aeronavegación Servicios Personales 102 261 120. Artículo 0423. Prima Técnica 121.450.00 Suman los contracréditos $ 419.750.00 Créditos Capítulo 035 Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil Programa 035 Dirección y Administración del Departamento. Servicios Personales 101 111 105. Artículo 0402. Gastos de representación $ 113.775.00 102 111 129. Artículo 0407. Subsidió familiar 87.146.45 Gastos Generales 106 111 215, Artículo 0415. Arrendamientos $ 58.331.28 Transferencias 206 111 419. Artículo 0419. Aporte a la Organización de Aviación Internacional (OACI) $ 160.497.27 Suman los créditos $ 419.750.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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