º. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-, por intermedio de sus representantes, ejercerá las funciones de Secretaría Técnica del Consejo. En desarrollo de esta labor, a más de las funciones propias de una Secretaría Técnica y que serán determinadas en el reglamento interno, tendrá las siguientes
Elaborar los proyectos de diagnóstico de la situación del sistema carcelario del país; así como evaluar los existentes para someterlas a la consideración del Consejo.
Someter a consideración del Consejo estudios relativos a las normas vigentes que tengan alguna incidencia en la operación del sistema penitenciario y carcelario colombiano, así como las reformas legales o administrativas que considere pertinentes.
Elaborar los demás informes técnicos que deban someterse a la consideración del Consejo.