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Artículo 18

Funciones De La Subdirección De Género

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Género . Son funciones de la Subdirección de Género, las siguientes

1.

Consolidar la prospectiva sectorial de mediano y largo plazo, y brindar el apoyo técnico a las entidades cabeza de sector, para la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y demás instrumentos de planeación en el ámbito Género.

2.

Definir criterios que apoyen la identificación de componentes asociados a equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual en los proyectos de inversión.

3.

Brindar asistencia técnica a las entidades que la requieran, en relación con las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con los asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia.

4.

Realizar monitoreo y seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos que incorporen el enfoque de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual.

5.

Evaluar las políticas, planes, programas y proyectos que promuevan la equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas de la entidad.

6.

Realizar control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión que tengan relación con los asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia.

7.

Impulsar la formulación de estudios e investigaciones tendientes a generar y mejorar el conocimiento en temáticas relacionadas con equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual que orienten acciones del gobierno en esta materia.

8.

Divulgar, en coordinación con otras dependencias del DNP, los resultados sobre el desempeño de los diferentes sectores en temáticas relacionadas con equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual.

9.

Promover y orientar en coordinación con la Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información, la puesta en marcha de un sistema de información relacionado con temas de equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual.

10.

Impulsar la incorporación de indicadores relacionados con el enfoque de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual, en los procesos de planeación de los diferentes niveles de gobierno.

11.

Apoyar a la Dirección de Desarrollo Social, en la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar políticas, planes, programas y proyectos, relacionados con equidad de género, no discriminación y respeto a la diversidad sexual.

12.

Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes.

13.

Promover y orientar la implementación de acciones de articulación ínter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación.

14.

Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de su competencia.

15.

Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia.

16.

Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

17.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

18.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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