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Artículo 4

El Pago Del Canon Superficiario Se Hará Por Anualidades Anticipadas A Partir De La Notificación De La Resolución De Otorgamiento

Decreto 727 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El pago del canon superficiario se hará por anualidades anticipadas a partir de la notificación de la resolución de otorgamiento. No habrá lugar a devolución de las sumas pagadas a títulos de cánones superficiarios, en caso de reducción de áreas dentro de la correspondiente anualidad de la licencia de exploración, ni de renuncia a la misma, ni en el de comprobarse que el área comprendida dentro de sus linderos, es menor de la que se tuvo en cuenta en la resolución de otorgamiento. El canon superficiario se liquidará y pagará por la extensión que abarca el título aunque todo o parte de la superficie sea de propiedad particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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