º. Estudiada la solicitud, el Ministerio de Comercio Exterior, dentro de los quince (15) días siguientes al recibo de la solicitud, emitirá la resolución declarando el área como Zona Franca Transitoria de carácter comercial y de servicios y autorizando su funcionamiento o negando tal tratamiento. En caso de declarar el área como Zona Franca de carácter comercial y de servicios, la resolución deberá contener por lo menos la siguiente información
Delimitación del área que se declara como Zona Franca Transitoria de carácter comercial y de servicios.
Designación del usuario administrador del área.
Período que comprende la declaratoria como Zona Franca Transitoria de carácter comercial y de servicios. Dicho período incluirá la duración del evento, un período previo hasta de tres (3) meses y uno posterior hasta de seis (6) meses, prorrogable este último por una sola vez, y hasta por el mismo término.
Dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición de la resolución que declare un área como Zona Franca Transitoria de carácter comercial y de servicios, el Ministerio de Comercio Exterior deberá remitir copia del acto administrativo correspondiente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. CAPITULO III. Régimen de usuarios