Micelio

Artículo 16

º

Decreto 196 de 1996 · por el cual se reglamentan los artículos 238, 239, 240, 242, 243, 244, 245, 246 y 247 de la Ley 223 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Mayor Impuesto. Para los fines de los saneamientos previstos en los artículos 13, 14 y 15 del presente decreto se entenderá como mayor impuesto generado o determinado, la suma que corresponda a la diferencia entre el impuesto a cargo determinado en la liquidación privada y el propuesto por la Administración Tributaria en el respectivo requerimiento especial, o el determinado en la liquidación oficial de revisión.

Parágrafo 1

º . Tratándose de actos relativos a retención en la fuente, se tomará la suma que corresponda a la diferencia entre el total de retenciones del período establecidas en las declaraciones de retención menos las sanciones liquidadas, y el propuesto en el requerimiento especial o determinado en la liquidación oficial menos las sanciones.

Parágrafo 2

º . Sin perjuicio de lo previsto para el saneamiento de sanciones, no habrá lugar a la aplicación de estos saneamientos cuando del requerimiento especial o de la liquidación oficial no surja un mayor impuesto a cargo del contribuyente o responsable.

Parágrafo 2

Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 7693 de 1996 Anulado (

Parágrafo 2

Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 7693 de 1996

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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