Ejecución y seguimiento a la ejecución.Los programas y proyectos del Fondo Cuenta podrán ser ejecutados directamente por el Ministerio del Deporte o mediante contratos o convenios con entidades públicas, privadas, organizaciones del Sistema Nacional del Deporte, o entes territoriales, de conformidad con la Ley 80 de 1993 y demás normas que las sustituyan, adicionen, modifiquen o deroguen, así como aquellas normas reglamentarias aplicables. El Ministerio del Deporte implementará un sistema de seguimiento que permita: 1. Monitorear el avance técnico y financiero de los proyectos. 2. Identificar y gestionar los riesgos asociados a la ejecución de los proyectos. 3. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos. 4. Exigir la presentación de informes a las entidades o personas responsables de la ejecución de los proyectos ·financiados con recursos del Fondo.
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