Micelio

Artículo 2.19.8

Ejecución Y Seguimiento A La Ejecución

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ejecución y seguimiento a la ejecución.Los programas y proyectos del Fondo Cuenta podrán ser ejecutados directamente por el Ministerio del Deporte o mediante contratos o convenios con entidades públicas, privadas, organizaciones del Sistema Nacional del Deporte, o entes territoriales, de conformidad con la Ley 80 de 1993 y demás normas que las sustituyan, adicionen, modifiquen o deroguen, así como aquellas normas reglamentarias aplicables. El Ministerio del Deporte implementará un sistema de seguimiento que permita: 1. Monitorear el avance técnico y financiero de los proyectos. 2. Identificar y gestionar los riesgos asociados a la ejecución de los proyectos. 3. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos. 4. Exigir la presentación de informes a las entidades o personas responsables de la ejecución de los proyectos ·financiados con recursos del Fondo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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