º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, tiene efectos fiscales a partir del 1º de enero del año 2001 y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el Decreto 2736 del 27 de diciembre de 2000.
Decreto 1472 de 2001 →Vigente
Artículo 9
Decreto 1472 de 2001 · por el cual se fijan los límites máximos salariales de los gobernadores y alcaldes y se dictan disposiciones en materia prestacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.