Consérvase Asimismo La Reglamentación Y Ordenación Dadas Á La Renta De Salinas Marítimas Por La Administración General De Las Rentas Reorganizadas; Pero Los Administradores De Esa Renta Dependerán En Adelante Directamente Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro
Decreto 622 de 1909 · Por el cual se reglamenta la recaudación de ciertas rentas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Consérvase asimismo la reglamentación y ordenación dadas á la Renta de Salinas Marítimas por la Administración General de las Rentas Reorganizadas; pero los Administradores de esa Renta dependerán en adelante directamente del Ministerio de Hacienda y Tesoro.
Parágrafo
Los almacenes para el expendio de sal marina en las poblaciones del interior de la República y en los Departamentos de Pacífico estarán á cargo de los Administradores de Hacienda Nacional ó de los Recaudadores Municipales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.