Micelio

Artículo 9

Acompañamiento Institucional

Ley 1565 de 2012 · por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, con cargo a Colombia Nos Une y el Fondo Rotatorio del mismo Ministerio, diseñará, implementará, supervisará y gerenciará los Centros de Referenciación y Oportunidad para el Retorno (CRORE), para lo cual, instalará oficinas regionales de operación estable en las zonas de origen migratorio y retorno. Dichas oficinas atenderán a la población objeto de la presente Ley.

Con el fin de fortalecer el acompañamiento institucional a nivel local y regional de que trata el presente artículo, el DPS y Colombia Nos Une en articulación con los departamentos y municipios estructurarán e implementarán programas para la población retornada, con especial énfasis en atención humanitaria, emprendimiento y reinserción laboral.

Con el fin de fortalecer el acompañamiento institucional, los municipios y departamentos que identifiquen la necesidad de coordinar acciones de atención a población colombiana retornada conformarán, acorde a sus necesidades, Redes Interinstitucionales de Atención al Migrante como espacios de articulación de entidades públicas, sector privado y organismos de cooperación, con el objetivo de:

a)

Referenciar ante los CRORES, o inscribir directamente en caso de que no haya presencia de estos centros en el departamento, a la población retornada en el Registro Único de Retorno.

b)

Implementar el plan de acompañamiento al retorno formulado por la autoridad municipal o departamental.

c)

Determinar la oferta local para la población retornada y núcleos familiares mixtos.

d)

Consolidar rutas de atención y escalar las problemáticas identi­ficadas en la prestación de servicios ante la Comisión Intersec­torial para el Retorno o a la Comisión Nacional Intersectorial de Migración”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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