Micelio

Artículo 1

Objeto De Legalización

Decreto 1970 de 2012 · por el cual se modifica el Capítulo II del Decreto número 2715 de 2010

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Objeto de legalización. La Autoridad Minera o su delegada adelantarán el trámite de legalización de la actividad minera ejecutada por aquellos explotadores, grupos y asociaciones, que acrediten ser mineros tradicionales y que exploten minas de propiedad estatal sin título minero inscrito en el Registro Minero Nacional, para lo cual deben cumplir con todos los requisitos establecidos en este decreto.

Parágrafo 1

Desde la presentación de la solicitud de legalización y hasta tanto la Autoridad Minera competente no resuelva de fondo el trámite de legalización, y se suscriba el respectivo contrato de concesión minera, no habrá lugar a proceder a la aplicación de las medidas previstas en los artículos 161 y 306 de la Ley 685 de 2001, ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160 de la Ley 685 de 2001, sin perjuicio de la aplicación de las medidas preventivas y sancionatorias de carácter ambiental, así como las relacionadas con la seguridad minera. La explotación y comercialización de minerales, se realizará conforme a las leyes vigentes que regulen la materia.

Parágrafo 2

En ningún caso serán sujetos de la legalización de que trata este decreto, las personas naturales o jurídicas que tengan títulos mineros inscritos en el Registro Minero Nacional o tengan propuestas de contrato de concesión vigentes radicadas con anterioridad a la fecha de publicación del presente decreto. Ante tal situación, las solicitudes radicadas con posterioridad a la fecha de publicación del presente decreto serán objeto de rechazo. SECCIÓN SEGUNDA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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