Micelio

Artículo 146

Recibida Por Un Superior Competente La Denuncia Escrita Por Faltas Que Constituyen Causal De Mala Conducta, Procederá A Nombrar De Oficio Y Simultáneamente Al Funcionario Investigador Y Al Fiscal Para Que Inicie La Respectiva Investigación Después De Tomar Posesión De Sus Cargos

Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recibida por un superior competente la denuncia escrita por faltas que constituyen causal de mala conducta, procederá a nombrar de oficio y simultáneamente al funcionario investigador y al Fiscal para que inicie la respectiva investigación después de tomar posesión de sus cargos. Cuando la denuncia le sea llevada en forma verbal, ordenará su presentación por escrito a quien la rinda. En el caso de que ninguna persona le informe sobre el hecho, sino que llegue a su conocimiento por cualquier otro medio, lo hará conocer del funcionario investigador por un informe o parte escrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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