Micelio

Artículo 27

Ley 24 de 1981 · Por la cual se transforma la Superintendencia Nacional de Cooperativas en Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, se fijan sus objetivos, estructura y funciones, se provee a su dotación presupuestal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Personerías Jurídicas y Reformas:

1. Estudiar las solicitudes de reconocimiento como personas jurídicas, que presenten por las organizaciones, asociaciones, sociedades o entidades que pretenden adoptar el régimen jurídico cooperativo, y conceptuar si pueden reconocerse o no en tal calidad, según se ajusten a los requisitos legales exigidos.

2. Estudiar y conceptuar sobre las reformas estatutarias parciales o totales que las sociedades cooperativas pretendan ejecutar.

3. Conceptuar sobre las solicitudes de personería jurídica de las sociedades de carácter cooperativo.

4. Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1981