Micelio

Artículo 10

Decreto 2479 de 1987 · por el cual se fijan los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LAS ACTUACIONES EXENTAS. El ejercicio de la función notarial no causará derecho alguno en los siguientes casos

a)

La inscripción de los actos y hechos relativos al estado civil de las personas, cuando la actuación se surta en el despacho notarial;

b)

La autorización de escrituras de reconocimiento de hijos extramatrimoniales y las de legitimación;

c)

El testimonio de supervivencia de las personas;

d)

La protocolización del acta de matrimonio civil, y la expedición de una copia;

e)

Los actos en que intervengan exclusivamente la Nación, los Departamentos, las Intendencias, las Comisarías, los Municipios y los establecimientos públicos del orden nacional;

f)

Las simples anotaciones sobre expedición de copias u otras constancias similares.

g)

Las notas y el certificado de cancelación de que tratan los artículos 52 a 54 del Decreto-ley 960 de 1970. CAPITULO IV. NORMAS GENERALES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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