Micelio

Artículo 87

Certificado De Matrícula

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Certificado de matrícula . La Dirección General Marítima y Portuaria otorgará a toda nave o artefacto naval que se inscriba en la matrícula nacional, un "Certificado de Matrícula" en el que conste el nombre de la nave o artefacto naval, el de su propietario o armador, el número de matrícula y la medida de los arqueos bruto y neto así como los demás datos contenidos en el folio de su inscripción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2324 de 1984