La Zona cobrará los honorarios que correspondan a la persona que verifique el remate y además ½% sobre el valor en que haya sido vendida la mercancía como compensación por el trabajo realizado. La Junta Directiva fijará también el valor mínimo de esa compensación el cual se cobrará aun cuando la subasta sea declarada desierta
Decreto 2411 de 1975 →Vigente
Artículo 62
La Zona Cobrará Los Honorarios Que Correspondan A La Persona Que Verifique El Remate Y Además ½% Sobre El Valor En Que Haya Sido Vendida La Mercancía Como Compensación Por El Trabajo Realizado
Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.