Micelio

Artículo 6

El Gobierno Nacional, Por Medio Del Ministerio De La Economía Nacional, Establecerá El Premio Presidente De La República, Que Se Otorgará En Las Exposiciones Nacionales Que Se Celebren En El País, A La Finca Rural Tipo, Con Vivienda Campesina, Pie Se Distinga En Su Organización, Aprovechamiento De La Tierra, Explotación De Los Cultivos, Mayor Rendimiento Dé Las Cosechas, Y Cuya Extensión No Sea Mayor De 100 Fanegadas

Decreto 669 de 1941 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1940, que establece la Fiesta de la Agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de la Economía Nacional, establecerá el premio Presidente de la República, que se otorgará en las exposiciones nacionales que se celebren en el país, a la finca rural tipo, con vivienda campesina, pie se distinga en su organización, aprovechamiento de la tierra, explotación de los cultivos, mayor rendimiento dé las cosechas, y cuya extensión no sea mayor de 100 fanegadas.

Parágrafo

El premio consistirá en una medalla de oro con su correspondiente diploma, y la cantidad de quinientos pesos ($ 500) moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 669 de 1941