Micelio

Artículo 8

Las Juntas De Control De Artículos De Primera Necesidad Quedan Autorizadas Para Permitir Excepcionalmente, Un Aumento Prudencial De La Renta Máxima En El Arrendamiento De Inmuebles Destinados A Escuelas, Colegios, Clínicas, Hoteles O Pensiones Y Servicios Especiales

Decreto 888 de 1946 · Por el cual se regulan los alquileres de inmuebles urbanos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Juntas de Control de artículos de primera necesidad quedan autorizadas para permitir excepcionalmente, un aumento prudencial de la renta máxima en el arrendamiento de inmuebles destinados a escuelas, colegios, clínicas, hoteles o pensiones y servicios especiales. La determinación de estos últimos la hará el Ministerio de la Economía Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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