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Artículo 9

Régimen Especial De Exclusión De Activos Y Pasivos Aplicable A Instituciones Financieras Públicas En Situación De Reorganización O Desmonte

Decreto 2588 de 2004 · por el cual se reglamenta la medida de exclusión de activos y pasivos de establecimientos de crédito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Régimen especial de exclusión de activos y pasivos aplicable a instituciones financieras públicas en situación de reorganización o desmonte . De conformidad con el

Parágrafo

del artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la exclusión de activos y pasivos será también aplicable dentro del marco de un proceso de reorganización o de un proceso de desmonte total o parcial de una institución financiera que tenga el carácter de establecimiento de crédito y en cuyo capital participe mayoritariamente la Nación, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras u otras entidades de derecho público. Para el efecto, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, siempre que a su juicio, la medida pueda ser aplicada, elaborará un documento que contenga las bases sobre las cuales se podrá realizar la exclusión de activos y pasivos, de acuerdo a la información que le provea la Superintendencia Bancaria y la que le suministre la entidad que sería destinataria de la medida, el cual deberá ser aprobado por el máximo órgano social de la entidad financiera pública que vaya a ser sujeto de dicha medida. En el mencionado documento se indicará cuáles son los pasivos que, en adición a los previstos en el artículo 113, numeral 11, literal a) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero pueden ser excluidos del proceso a seguir para la exclusión y, en el evento en que se haya previsto, los términos bajo los cuales se otorgaría garantía para respaldar los activos transferidos, con cargo a recursos del presupuesto nacional que se asignen para tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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