Micelio

Artículo 47

Modifíquese La Sección 1 Del Capítulo 11 Del Título 1 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Número 1067 De 2015, La Cual Quedará Así: Sección 1 Visas Artículo 2

Decreto 1743 de 2015 · por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones generales de las Oficinas Consulares Honorarias, Pasaportes, Visas, de la Protección y Promoción de Nacionales en el exterior, del Retorno, del Fondo Especial para las Migraciones, de la Tarjeta de Registro Consular y disposiciones de Extranjería, Control y Verificación Migratoria, de que tratan los Capítulos III al XI, y 13, del Título I de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese la Sección 1 del Capítulo 11 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015, la cual quedará así: SECCIÓN 1 VISAS Artículo 2.2.1.11.1.1. Definición de la visa . Es la autorización concedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores a un extranjero para que ingrese y permanezca en el territorio nacional. Otorgada una visa, el Ministerio de Relaciones Exteriores expedirá por una vez, documento electrónico o impreso en etiqueta oficial con indicación de número, clase o tipo de visa y periodo de validez. Artículo 2.2.1.11.1.2. Vigencia de la visa . Es el periodo de tiempo que tiene el titular de una visa para hacer uso de la misma. El tiempo de vigencia será el que se determine para cada clase o tipo de visa. Artículo 2.2.1.11.1.3. Periodo de validez . Corresponde al tiempo en que será válido el documento electrónico o aquel que se imprime en etiqueta oficial. En ningún caso, el periodo de validez del documento será mayor al de la vigencia de la visa. Artículo 2.2.1.11.1.4. Reglamentación de Visas . El Ministerio de Relaciones Exteriores, reglamentará mediante Resolución todo lo concerniente a la clasificación de las Visas, sus requisitos y demás trámites y procedimientos relacionados con la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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