Micelio

Artículo 6

La Junta Directiva Se Reunirá En Sesiones Ordinarias, Una Vez Por Semana, En Los Días Que Ella Mismo Señale, Y En Extraordinarias Cada Vez Que Sea Convocada Por El Ministerio De Guerra O Por El Gerente Del Instituto

Decreto 448 de 1956 · Por el cual se crea el Instituto Colombiano de Asuntos Nucleares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Junta Directiva se reunirá en sesiones ordinarias, una vez por semana, en los días que ella mismo señale, y en extraordinarias cada vez que sea convocada por el Ministerio de Guerra o por el Gerente del Instituto. Habrá quórum para las reuniones de la Junta, con la asistencia de tres (3) de sus miembros, y las resoluciones se adoptaran por mayoría de votos de los miembros presentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 448 de 1956