ARTICULO 50 . División de Programación y Registro. Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector Operativo, son funciones de la División de Programación y Registro, las siguientes
Analizar las solicitudes y resolver los asuntos relacionados con la inscripción, licencia, o autorización para adelantar actividades en materia aduanera, que se encuentren bajo control y vigilancia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Llevar registros nacionales de las inscripciones, licencias o autorizaciones otorgadas, en materia aduanera, mantener actualizado al Nivel Regional, suministrar la información requerida y expedir certificaciones cuando sea del caso;
Recibir y administrar las garantías que con ocasión de estas inscripciones, licencias o autorizaciones deban constituirse y remitirlas a la Subdirección de Cobranzas para hacerlas efectivas en caso de que se incumpla la obligación garantizada; y
Las demás que le asigne el Subdirector Operativo.