º. De la situación de los entes deportivos preexistentes . Con el fin de obtener la calificación positiva del Ministerio de Educación Nacional, los entes deportivos departamentales creados con anterioridad a la publicación del presente Decreto, deberán acreditar ante el Ministerio de Educación Nacional, el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo anterior. Si el ente deportivo departamental se hubiere creado sin cumplir con los requisitos para obtener la calificación positiva previa, antes de formular la solicitud, las autoridades competentes deberán realizar los ajustes, actuaciones y estudios adicionales, de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento.
Decreto 1822 de 1996 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 1822 de 1996 · por el cual se reglamenta el procedimiento y demás formalidades para la incorporación de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes a los entes deportivos departamentales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.