Micelio

Artículo 13

Objeto Del Instituto De Investigaciones Marinas Y Costeras “josé Benito Vives De Andreis” -Invemar-

Decreto 1123 de 1999 · por el cual se reestructura el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” -Invemar-, el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “Jhon Von Newmann”, el Instituto Amazónico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto del Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” -Invemar-. El Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” -Invemar- tiene como objeto:

1.

1. Realizar la investigación básica y aplicada de los recursos naturales renovables, del medio ambiente y de los ecosistemas costeros, marinos y oceánicos.

2.

2. Dar apoyo científico y técnico al Ministerio del Medio Ambiente y a las demás entidades que conforman el Sistema Nacional Ambiental -SINA-

3.

3. De acuerdo con las pautas del Ministerio del Medio Ambiente, promover y crear una red de centros de investigación marina, en la que participen las entidades que desarrollen actividades de investigación en los litorales y los mares colombianos, propendiendo por el aprovechamiento racional de la capacidad científica de que dispone el país en ese campo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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