Micelio

Artículo 5

Corríjanse Los Yerros Contenidos En El Inciso Primero Del Numeral 1 Y En El Numeral 4 Del Artículo 70 De La Ley 1739 De 2014, Los Cuales Quedarán Así: “1

Decreto 1050 de 2015 · por el cual se corrigen los yerros de los artículos 21, 31, 41, 57 y 70 de la Ley 1739 de 2014.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corríjanse los yerros contenidos en el inciso primero del numeral 1 y en el numeral 4 del artículo 70 de la Ley 1739 de 2014, los cuales quedarán así: “1. Hecho generador: Es el hecho generador del impuesto nacional a la gasolina y ACPM establecido en el artículo 49 de la presente ley. El diferencial se causará cuando el precio de paridad internacional, para el día en que el refinador y/o importador de combustible realice el hecho generador, sea inferior al precio de referencia. 4. Sujeto pasivo: Es el sujeto pasivo al que se refiere el artículo 49 de la presente ley.”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1050 de 2015