Créese el Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas como instancia coordinadora intersectorial que facilite la construcción de lineamientos de política pública alrededor del sector de las culturas, las artes y los saberes. A través de esta instancia, el Estado promoverá el fortalecimiento de las instituciones públicas, privadas, mixtas y populares, orientadas a la promoción, defensa, divulgación y desarrollo de los procesos productivos del sector de las culturas, las artes y los saberes, que garanticen la creación, producción, circulación y apropiación de las expresiones artísticas y culturales en todo el territorio nacional.
El Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas, en adelante, sustituirá la institucionalidad que había sido designada al Consejo Nacional de Economía Naranja mediante el artículo 7° de la Ley 1834 de 2017. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Cultura reglamentará la conformación, funcionamiento y competencias del Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas.
La creación de este Consejo no implicará remuneración alguna a sus miembros.
El Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas deberá contar con la participación de al menos un representante del sector privado, que participará con voz y voto.