Micelio

Artículo 17

De Todas Las Reuniones, Deliberaciones O Decisiones De La Junta Directiva, Se Dejará Constancia En Un Libro De Actas, Que Serán Autorizadas, Cuando Se Aprueben, Con La Firma Del Presidente De La Junta Y Del Secretario Designado Por Ésta, Y Cuyas Copias Darán Fe Cuando Sean Expedidas Y Autenticadas Por Este Último

Decreto 265 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De todas las reuniones, deliberaciones o decisiones de la Junta Directiva, se dejará constancia en un Libro de Actas, que serán autorizadas, cuando se aprueben, con la firma del Presidente de la Junta y del Secretario designado por ésta, y cuyas copias darán fe cuando sean expedidas y autenticadas por este último. Del Gerente

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 265 de 1969