Micelio

Artículo 4

En Caso Que Los Precios Declarados Por Los Importadores Sean Mayores A Los Aquí Determinados, Dichos Precios Deberán Tomarse Como Base Para El Cálculo De Los Derechos Ad-Valorem

Decreto 2206 de 1984 · Por medio del cual se establecen precios mínimos oficiales para la aplicación de los gravámenes ad valorem de vehículos modelo 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En caso que los precios declarados por los importadores sean mayores a los aquí determinados, dichos precios deberán tomarse como base para el cálculo de los derechos ad-valorem.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2206 de 1984