Micelio

Artículo 8

Ley 30 de 1927 · Sobre conmemoración de la muerte del Libertador y sobre conservación y ornato de la Quinta de San Pedro Alejandrino

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase del Tesoro Nacional la suma de ocho mil pesos ($ 8,000), que serán incluidos en el Presupuesto de gastos para la compra y erección de un monumento destinado a contener los restos del Almirante José Padilla en su ciudad natal, en el sitio que lo indique el Consejo Municipal de Riohacha.

El Gobierno contratará el monumento con un artista reputado o una casa constructora.

El monumento deberá estar colocado para la fecha en que se conmemore la muerte del Libertador Simón Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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