Valor normal en operaciones comerciales normales. Es el valor realmente pagado o por pagar, por un producto similar al importado a Colombia, cuando este es vendido para consumo en el mercado interno del país de origen, en operaciones comerciales normales por clientes independientes.
Normalmente se considera una cantidad suficiente para determinar el valor normal, las ventas del producto similar destinado al consumo en el mercado interno del país exportador, si dichas ventas representan el 5 por ciento o más de las ventas a Colombia del producto considerado. Lo anterior, sin perjuicio de que se pueda demostrar que las ventas en el mercado interno del país exportador, cuando sean de menor proporción, son de magnitud suficiente que permiten una comparación adecuada.