° En cada uno de los pueblos indígenas del Caquetá y Putumayo habrá un Comisario y seis Vicecomisarios, que serán nombrados por el respectivo Comisario Especial, de ternas presentadas por la primera autoridad eclesiástica de la Misión.
El Comisario del pueblo tendrá un sueldo mensual de $ 5 oro, y cada Subcomisario, de $ 2 mensuales.
Estos sueldos se pagarán de la partida general que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.° de la Ley 52 de 1913, se apropie en el Presupuesto Nacional de gastos para la colonización del Caquetá y Putumayo.