Micelio

Artículo 4

Adiciónase El Artículo 90 Del Decreto 4444 De 2010, Así: Para La Medalla Militar “guardia De Honor De Colombia” Del Ejército Nacional Presidente: Vicepresidente: Vocal: Secretarios: El Comandante Del Ejército Nacional O Su Delegado El Director De La Escuela De Fuerzas Especiales El Subdirector De La Escuela De Fuerzas Especiales El Inspector De Estudios De La Escuela De Fuerzas Especiales El Jefe De Desarrollo Humano De La Escuela De Fuerzas Especiales Parágrafo

Decreto 1599 de 2014 · por el cual se crea la Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia” del Ejército Nacional y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónase el artículo 90 del Decreto 4444 de 2010, así: Para la Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia” del Ejército Nacional Presidente: Vicepresidente: Vocal: Secretarios: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado El Director de la Escuela de Fuerzas Especiales El Subdirector de la Escuela de Fuerzas Especiales El Inspector de Estudios de la Escuela de Fuerzas Especiales El Jefe de Desarrollo Humano de la Escuela de Fuerzas Especiales

Parágrafo

Para efectos de las funciones y atribuciones de los miembros del Consejo se tendrán en cuenta las normas establecidas en los

Parágrafo

s 1° y 2° del artículo 90 del Decreto 4444 del 29 de noviembre del 2010.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1599 de 2014