º Todos los vehículos utilizados en el transporte y la distribución de gas propano, G.L.P., y gas natural comprimido, G.N.C., deberán ajustarse a la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Transporte.
Decreto 400 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º Todos Los Vehículos Utilizados En El Transporte Y La Distribución De Gas Propano, G
Decreto 400 de 1994 · por el cual se asignan funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.