Micelio

Artículo 54

Simultáneamente Con Los Cursos Del Tercer Año Los Alumnos Deberán Practicar En Los Juzgados Y Tribunales En Lo Criminal; Y Simultáneamente Con Los Cursos Del Cuarto Año Deberán Practicar En Los Juzgados Y Tribunales En Lo Civil, Ó En La Oficina De Un Abogado Respetable

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Simultáneamente con los cursos del tercer año los alumnos deberán practicar en los Juzgados y Tribunales en lo criminal; y simultáneamente con los cursos del cuarto año deberán practicar en los Juzgados y Tribunales en lo civil, ó en la oficina de un abogado respetable. Toca al Consejo Directivo de la Facultad determinar cómo deben hacerse estos estudios prácticos, sin los cuales no puede solicitarse el título de Doctor.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1906