El Gobierno Nacional incluirá en el presupuesto de la actual vigencia estas partidas y en caso de no hacerlo queda facultado para verificar en las próximas vigencias los traslados presupuestales que sean necesarios para darle cumplimento a la presente Ley.
Ley 70 de 1968 →Vigente
Artículo 3
Ley 70 de 1968 · Por la cual se ordena la ampliación y dotación del Amparo de Niños de la ciudad de Girardot
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.