Micelio

Artículo 1

º La Comisión Asesora Para El Ejercicio De Las Facultades Extraordinarias Conferidas Al Gobierno Nacional Por El Artículo 13 De La Ley 22 De 1985, Estará Integrada Por: -Cuatro (4) Miembros Del Congreso De La República De Las Circunscripciones Electorales De Las Intendencias Y Comisarías, Así: Dos (2) Senadores Y Dos (2) Representantes, Designados Por Las Respectivas Mesas Directivas De Las Dos Corporaciones

Decreto 1059 de 1985 · Por el cual se integra una comisión asesora y se constituyen unos grupos de trabajo.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por el artículo 13 de la Ley 22 de 1985, estará integrada por: -Cuatro (4) miembros del Congreso de la República de las circunscripciones electorales de las intendencias y comisarías, así: Dos (2) Senadores y dos (2) Representantes, designados por las respectivas mesas directivas de las dos Corporaciones. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o el Subjefe del mismo. El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. -Los Viceministros de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Desarrollo Económico. Presidirá la comisión el Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías y actuará como Secretario de la misma el Secretario General de este organismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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