Exclusión del programa. Si con posterioridad al reconocimiento de la reparación administrativa se demostrare que la persona no tenía la calidad de víctima o de beneficiario, o lo hubiere acreditado de manera engañosa o fraudulenta, el Comité de Reparaciones Administrativas revocará las medidas otorgadas, solicitará el reintegro de los recursos que hubiere reconocido y entregado por este concepto y compulsará copias a la autoridad competente para la investigación a que haya lugar. CAPITULO V Disposiciones Generales
Decreto 1290 de 2008 →Vigente
Artículo 29
Decreto 1290 de 2008 · Por el cual se crea el Programa de Reparación Individual por vía administrativa para las víctimas de los Grupos Armados Organizados al Margen de la ley
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.