º. Adiciónase el artículo 6º del Decreto 1132 de 1995 con el siguiente numeral: "40. Anunciarse u operar como Sociedad de Certificación, sin haber obtenido la autorización e inscripción respectiva por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La sanción aplicable será de (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes por anunciarse como Sociedad de Certificación, y de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada día de operación en la condición descrita."
Decreto 1574 de 1995 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 1574 de 1995 · por el cual se modifican los Decretos 861, 1131 y 1132 de 1995 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.