Subdirección Administrativa . La Subdirección Administrativa, tendrá las siguientes funciones: 33.1.Proponer a la Secretaría General la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos físicos. 33.2.Ejecutar y controlar la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Instituto en lo concerniente a instalaciones locativas, mantenimiento, obra pública, servicios generales, suministros, transporte y demás, tanto en el nivel central como en las Direcciones Territoriales. 33.3.Gestionar y controlar los inventarios del Instituto. 33.4.Contabilizar los ingresos y egresos de bienes devolutivos y de consumo. 33.5.Administrar y controlar la gestión documental del Instituto. 33.6.Ejecutar y controlar los procedimientos de adquisición, almacenamiento, custodia, mantenimiento y distribución de los bienes necesarios para el buen funcionamiento del Instituto. 33.7.Desarrollar y administrar los servicios y operaciones administrativas de servicios generales, almacén e inventarios del Instituto. 33.8.Ejecutar y controlar las actividades relacionadas con los proveedores y la adquisición de bienes y servicios. 33.9.Promover y propiciar el aseguramiento y protección los bienes patrimoniales del Instituto. 33.10. Gestionar y coordinar la prestación de los servicios de apoyo logístico a las diferentes dependencias del Instituto. 33.11. Formular, administrar, ejecutar y hacer seguimiento al inventario de bienes inmuebles, muebles y vehículos, y mantenerlo actualizado. 33.12. Gestionar y controlar las comisiones de servicio de los servidores públicos y los desplazamientos de los demás colaboradores del Instituto. 33.13. Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones, encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional del Instituto. 33.14. Gestionar, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información y a la generación de estadísticas. 33.15. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 33.16. Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 33.17. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos. 33.18. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. DISPOSICIONES FINALES
Decreto 1961 de 2023 →Vigente
Artículo 33
Subdirección Administrativa
Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.